Requisitos de ingreso al Parque Nacional Torres del Paine
DERECHO DE ACCESO
La Ley N.º 19.284 y el Decreto Supremo N.º 223 de 2006 reconocen el derecho de las personas con discapacidad a ser acompañadas por un perro de asistencia debidamente acreditado.
DOCUMENTOS QUE DEBE PRESENTAR
1 Credencial oficial de la entidad adiestradora, que identifique a la persona usuaria y al perro de asistencia.
2 Cartilla sanitaria vigente, firmada por un médico veterinario.
3 Arnés o peto de la entidad adiestradora.
4 Distintivo oficial con la Cruz de Malta celeste y amarilla y la leyenda “Perro de Asistencia”.
DURANTE LA VISITA
✓ Mantener al perro bajo control permanente, con arnés y correa.
✓ No dejarlo suelto en ningún sector del Parque.
✓ No permitir su ingreso a ríos, lagos, lagunas ni otros cuerpos de agua.
✓ Evitar toda interacción con fauna silvestre y cumplir las instrucciones del personal.
NO SON PERROS DE ASISTENCIA
Los animales de soporte emocional sin entrenamiento y acreditación como perro de asistencia están
sujetos a la prohibición general de ingreso de animales domésticos a las áreas protegidas.
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